Si la licencia o el pasaporte debe renovar, primero pague el boleto de ornato en su municipio

13 enero 2021

En enero y febrero se mantiene el tarifario dispuesto según ingresos de los vecinos. A partir de marzo va con multa, a menos que el concejo municipal de la localidad extienda el plazo.

En ciudad de Guatemala el boleto de ornato puede tramitarse en línea. Foto: municipalidad de Guatemala.

 

Por Claudia Palma

 

Cada comienzo de año se realizan varios trámites y uno de los requisitos es el boleto de ornato. Para los vecinos de los departamentos que viajan a la ciudad capital es importante que cumplan con esta obligación en sus municipios, sugiere Rony Linares, abogado y experto en temas municipales. De lo contrario pagarán ese arbitrio a la comuna capitalina.

La Ley del Arbitrio de Ornato Municipal indica que es válido en todos los municipios del país para cualquier gestión como renovar el pasaporte, la licencia de conducir, el documentos de identidad, el pago del impuesto de circulación de vehículos y trámites en la SAT, así como la firma de contratos con el Estado como trabajador o proveedor, agregó Linares.

En el caso del municipio de Guatemala puede comprarse en el palacio municipal, en alguna de las minimunis y bancos del sistema. Este año de nuevo se puede optar por realizar el pago en línea. El solicitante recibe en 30 minutos un documento PDF listo para imprimir con un código QR para verificarlo en el sistema, explicó Amilcar Montejo, vocero de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito (Emetra), por medio de las redes sociales de la comuna.

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Este ingreso les sirve a las comunas para programas de limpieza, mantenimiento de parques y áreas verdes. En 2020, ciudad de Guatemala amplió el plazo hasta mayo debido a la pandemia.

También está la opción para las empresas que realizan el descuento a sus empleados y realizan el pago en grupo, el boleto empresarial.

Para el cálculo deben tomarse en cuenta el total de ingresos devengados cada mes y si hay variaciones del sueldo en el último año que corresponde se promedian los últimos 12 meses. El artículo 11 del Decreto 121-96, autoriza a la comuna verificar el cumplimiento de este pago por medio de auditorías en las empresas del municipio.

TASAS

  1. De Q300.01 a Q 500.00 Q. 4.00

  2. De Q500.01 a Q1,000.00 Q10.00

  3. De Q1,000.01 a Q3,000.00 Q15.00

  4. De Q3,000.01 a Q6,000.00 Q50.00

  5. De Q6,000.01 a Q9,000.00 Q75.00

  6. De Q9,000.01 a Q12,000.00 Q100.00

  7. De Q12,000.01 en adelante Q150.00

 

El boleto de ornato puede adquirirse hasta el último día de febrero sin multa. A partir del 1 de marzo la sanción es del 100 por ciento de lo que le corresponde a cada vecino.

 

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