FECI apelará decisión del juez que ordenó no llevar a juicio a exalcalde de Quetzaltenango

30 enero 2020

Este es el primer caso de municipalidade, de los que trabajó con la Comisión Internacional Contra la Impunidad de Guatemala (CICIG), que se le cae a la fiscalía.

Abogados y acusados se abrazan y celebran la decisión del juez, luego de concluir la audiencia de etapa intermedia. Foto: Mirna Alvarado.

 

Por Mirna Alvarado

 

Después de tres meses de escuchar los argumentos de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), de la defensa y del representante de la Procuraduría General de la Nación, y de revisar las 16 cajas de evidencia, el juez de mayor riesgo Hugo Escalante concluyó la etapa intermedia en el caso que se seguía en contra de exfuncionarios de la municipalidad de Quetzaltenango y constructores. Es decir, no llegará a juicio.

Este es el primer caso contra municipalidades que se le cae a la FECI. Julia Barreda, portavoz del Ministerio Público (MP), confirmó que apelará la decisión del juez, para lo cual tiene tres días, el plazo vencerá el próximo lunes. Agregó que la Unidad de Extinción de Dominio del MP tiene una investigación en curso relacionada con el caso. “Por estar en desarrollo las diligencias, no se pueden dar más detalles».

En septiembre de 2018 se planteó un caso en contra del exalcalde Jorge Rolando Barrientos Pellecer, los exsíndicos Carlos Pereira y Carlos Illescas, los ex concejales Carlos Prado y Maximiliano de León, la exdiputada del Parlamento Centroamericano (Parlacen), María Elisa López Ixtabalán (madre del exsíndico Illescas) y siete constructores.

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«Respecto a las propiedades, tendremos que ir a la ciudad capital para conocer el proceso de eExtinción, ya que la inmovilización de los bienes no tiene nada que ver con lo resuelto por el juez la noche de este miércoles», dijo Francisco Cotom abogado del exalcalde Barrientos.

La exdiputada López Ixtabalán solicitó al juez de Mayor Riesgo conocer una petición de devolución de una de sus propiedades, la audiencia se fijó para el 6 de febrero.

Era el segundo caso presentado por la FECI y la CICIG ante ese juzgado, el primero fue el del asesinato del alcalde de La Libertad, Huehuetenango, Carlos Aguirre y su hija de 12 años, Karla Aguirre, ocurrido en octubre de 2016, el cual se encuentra estancado. El mismo juez  Escalante señaló tener audiencias programadas hasta el 2022 por casos de alto impacto, pero no preciso cuáles.

 

El juez Hugo Escalante al momento de señalar errores en las pruebas presentadas por la fiscalía. Foto: Mirna Alvarado.

 

Durante el desarrollo de la audiencia el juzgador planteó 12 debilidades de la investigación que realizó la Fiscalía.

  1. “En el escrito inicial se observa negligencia, se omite acusar a Cástulo Domínguez Cayax y Carlos Prado por los delitos de lavado de dinero y otros, más adelante se amplían las imputaciones”, dijo el Juez.
  2. El documento de la primera acusación no estaba claro. “En el folio 15 se establece que nunca fueron acusados de fraude, lo que daba paso al otro delito (Cohecho)”.
  3. Se mencionó a otras personas, pero no se estableció su participación. “De los 1,432 expedientes, 336 no corresponden a las personas ligadas a proceso, pertenecen a otros sujetos que no fueron implicados en el caso o que se les declaro falta de mérito”.
  4. En las 16 cajas de evidencia no se encontraron los expedientes completos de los proyectos; se encontraron facturas, cheques de pago, no los expedientes, pero en una de las cajas el juzgador encontró un oficio de la CICIG donde se hacía ver que todos los expedientes fueron escaneados e impresos, con lo cual demuestra que la Feci sí tuvo la prueba documental a la vista. “Me dejaron las piezas de un rompecabezas, pero no me mostraron el dibujo que había que seguir”.
  5. No existía orden judicial para la extracción de información de los aparatos electrónicos, “Se vulneraron las garantías constitucionales al momento de sacar la información de los dispositivos móviles que recogieron durante los allanamientos y las capturas”.
  6. Más de 92 medios de prueba carecían de fundamento legal.
  7. Las evidencias documentales manifestaron modificaciones: “los números de operaciones de los proyectos, los famosos NOG, estaban modificados y encontré documentos que tenían párrafos completos borrados”.
  8. El actuar de la fiscalía fue un “copiar y pegar para todo”, utilizó las mismas imputaciones para todos los delitos. “Se establece al juez la obligación de no validar que una sola acción sea sancionable por varios tipos penales, sin embargo, se intentó probar poniendo un catálogo enorme de delitos para cada uno, para ver cuál pegaba, así hablando muy coloquialmente”, dijo Escalante.
  9. El juez cuestionó a la fiscalía sobre la acusación de asociación ilícita y aseguró que carecía de elementos sobre la existencia de una estructura criminal. “No hay una estructura vertical, ni horizontal, ni de forma de telaraña no se utilizaron mecanismos especiales de investigación, nunca se estableció quién el cabecilla, los mandos medios y los sub alternos”.
  10. “Mencionaron lavado de dinero, por el dinero y las propiedades que tienen los imputados, pero la defensa les pudo refutar la acusación, porque se comprobó que todo lo que poseen se debe a su trabajo y negocios, el Ministerio Público no presentó la ruta del dinero”, dijo.
  11. No existió hallazgos de la Contraloría General de cuentas (CGC) sobre los hechos presentados por la fiscalía. “Se dice que se alteró la calidad de las obras, que hubo sobrevaloración, pero dónde está acreditado todo eso, dónde hay elementos de convicción de todo esto, caemos al mismo punto, al principio de especialidad de ley, el organismo administrativo contralor debió haber hecho la investigación, encontrar hallazgos y presentar la denuncia, por el contrario, las obras existen”.
  12. El juez agregó que en varios delitos como el cohecho pasivo y activo, la fiscalía no aportó mayores indicios más que la declaración del colaborador eficaz, Jorge Palomo Lepe, y a criterio del juzgador la fiscalía debió presentar documentos que comprobaran las reuniones para concertar y planificar las de operación o los cheques de pago.

 

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