Una empresa y la alcaldía cobran el IUSI en Escuintla

03 abril 2017

La municipalidad se rehúsa a continuar con los servicios de Estrategias Diferenciadas, S.A. La disputa se dilucida en un juzgado.

 

Foto: Facebook
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Por Isaías Morales

En Escuintla los vecinos pueden pagar el Impuesto Único sobre Inmueble (IUSI) en la municipalidad o en las oficinas que Estrategias Diferenciadas, S.A (K-Monitor) tiene en un centro comercial. Esto, a pesar de que el contrato con esta empresa fue rescindido en noviembre 2015.

Edgar Abraham Rivera Estévez, que asumió en 2016, decidió tomar el control de este cobro. Sin embargo, Estrategias Diferenciadas, S.A. interpuso varios recursos ante la Sala Regional Mixta de Apelaciones en Escuintla y por eso sigue trabajando. El caso no se ha resuelto.

K-Monitor recibe una comisión del 25 por ciento sobre el monto que cobra a los vecinos, aunque desde 2016 no registra pagos por parte de la alcaldía por esta disputa. Según datos del Ministerio de Finanzas, entre 2012 y 2015, la firma recaudó Q28.5 millones, un promedio de Q7.1 millones anuales.

Wiliam Sandoval, jefe del cobro del IUSI de la municipalidad, explica que la actual administración no ha desembolsado ninguna comisión a la compañía porque está en desacuerdo por considerarlo lesivo.

“K-Monitor se negó a trasladarnos la información de los contribuyentes, por lo que nosotros tomamos el control. Sin embargo, la empresa mantiene abierta su oficina en el centro comercial Plaza Palmeras y aún cobra un 25 por ciento del impuesto que pagan los vecinos”, indicó.

“Mientras se dilucida la situación seremos dos entidades las que cobremos el IUSI. El proceso puede resultar confuso, pero es una debilidad que hemos ido superando”, concluyó.

La razón por la que la empresa demandó a la municipalidad, segúnEdwin Fuentes, representante legal de K-Monitor, fue porque no se hizo de común acuerdo.

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«Fuimos contratados para mejorar la recaudación del impuesto y lo logramos. Es un acuerdo beneficioso. Nosotros gestionamos el cobro y no hacemos uso del dinero público. Existe un fideicomiso en Banrural que controla todos egresos e ingresos realizados”, agregó.

A criterio del experto en gobiernos locales, Luis Linares, este tipo de negociaciones son ilegales “porque cuando el Ministerio de Finanzas (Minfin) autorizó que las municipalidades recaudaran el arbitrio, estas aseguraron tener capacidad para realizarlo, por lo que no pueden contratar empresas para realizar esa función. La Contraloría debe objetar este caso y no solo recomendar, sino ordenar el reparo”, expresó el analista de Asies.

Ojoconmipisto buscó a la directora y al subdirector de Auditoría a Municipalidades de la Contraloría, pero no fue posible contactarlos vía telefónica.

Las empresas contratadas

Escuintla delegó esta función a partir del 26 de abril de 2000, cuando el entonces alcalde Mynor Roderico Santizo Clavería (2000-2004) suscribió un contrato con Procedimientos y Sistemas Informáticos S.A que vencía en marzo de 2011. Juan José Alfaro Lemus (2004-2008) no vio conflicto con este acuerdo.

Según un informe de la Contraloría, esta firma recibió al menos Q6.5 millones por su trabajo. Sin embargo, ni Santizo ni Alfaro dejaron rastro de dichos pagos efectuados en Guatecompras.

En abril de 2011, un mes después de que venciera el contrato, el alcalde Julio César Melgar Samayoa (2008-2012) suscribió un contrato con K-Monitor (Estrategias Diferenciadas) por un plazo de 15 años. Sin embargo, en noviembre de 2015, Pedro René Escobr Alvures (2012-2016) lo canceló por recomendación de la Contraloría.

Guatecompras registra 101 pagos efectuados a K-Monitor por prestar servicios en cuatro años, lo cual suma Q2.9 millones. Sin embargo, la Contraloría detectó otras transacciones por un monto de Q4.7 millones. El monto total supera los Q7.6 millones.

A raíz del contrato suscrito, la CGC sancionó con multas de Q30 mil a dos empleados municipales y presentó una denuncia el 13 de mayo de 2015 ante el Ministerio Público.

El artículo 154 de la Constitución Política de la República refiere que “la función pública no es delegable, excepto en los casos señalados por la ley, y no podrá ejercerse sin prestar previamente juramento de fidelidad a la Constitución”.

Mientras, la Ley del IUSI (decreto 15-98) da cuenta que aquellas municipalidades que no posean capacidad para recaudar y administrar este impuesto, el Banco de Guatemala acreditará lo recaudado por la alcaldía hacia una cuenta denominada “impuesto Único Sobre Inmuebles Municipalidades”. Esta entidad enviará al Ministerio de Finanzas Publicas un informe sobre el monto recibido e indicará el porcentaje que corresponderá al Estado y a las municipalidades respectivamente.