Tu Muni incumple plazo de la LAIP

05 octubre 2018

La Unidad de Acceso a Información sostiene que no puede presionar al Concejo para que entregue las fotografías del Munitec-18. El PDH intervendrá en el proceso.

Así era como se miraban las imágenes. La toma se hizo desde una computadora, el 24 de abril.

 

Por Isaías Morales

La municipalidad de Guatemala incumplió con La ley de Acceso a Información Pública (LAIP) al no entregar las fotografías del proceso para construir el Munitec de zona 18. El recurso de revisión presentado al Concejo venció el pasado 21 de septiembre.

De acuerdo con la Unidad, el expediente se encuentra desde hace dos semanas en el Concejo a la espera de que este lo apruebe. «Nosotros no podemos presionarlo porque ellos son la autoridad superior», responde uno de los encargados. Sin embargo, los plazos para entregar la información los establece la LAIP, en su artículo 58.

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Imágenes borrosas

Ojoconmipisto solicitó el archivo fotográfico que registra los avances de la obra, luego de que se conociera que los trabajos se encuentran suspendidos ante la negativa de la constructora de continuar con el contrato.

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La respuesta municipal fue enviar fotos en blanco y negro, borrosas. Por esta razón se planteó un recurso de revisión ante el Concejo Municipal. Hasta el cierre de esta no se había obtenido respuesta.

La Unidad de Acceso a Información sostiene que no está obligada a dar la información en el formado que se le requirió (imágenes JPG) porque el artículo 45 de la ley no lo obliga.

El artículo 80 de la Ley del Presupuesto 2017 establece que los contratos superiores a Q900,000 deben contar con cámaras que transmitan en vivo los avances de la obra. Proporcionarlas es responsabilidad de la empresa. El valor del Munitec-18 es de Q10.8 millones.

 

Unidad de Información Pública de Tu Muni,

 

Intervención del PDH

La negativa de la municipalidad a entregar lo solicitado podría considerarse retención de información (artículo 66-LAIP), según Silvio Gramajo, experto en el tema. A su criterio la Secretaria Ejecutiva de Acceso a Información (Secai) del Procurador de Derechos Humanos debe dar seguimiento al caso e indagar sobre lo sucedido.

Al consultar a Violeta Mazariegos, titular de la Secai, indicó que contactará a la municipalidad para que entregue la información. En caso contrario, podría denunciar penalmente a la alcaldía ante el Ministerio Público.

La ley señala que se considera retención de información cuando “un funcionario o servidor público en forma arbitraria o injustificada obstruya al solicitante el acceso a la información requerida”. De comprobarse este delito el o los responsables pueden ser condenados con hasta tres años de prisión, inhabilitación especial por el doble de la pena impuesta y una multa de un máximo de Q50 mil.

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