TSE se rehúsa a entregar información pública

31 julio 2015

SONY DSCEl 5 de junio Ojoconmipisto solicitó los nombres de los alcaldes que dejaron el cargo a partir de 2012, quienes los sustituyeron y la razón por la que se dio el cambio.

Por Wendy Del Cid

La Ley de Acceso a la Información Pública (Decreto 57-2008) garantiza a los ciudadanos el derecho a solicitar y tener acceso a la información pública que poseen las autoridades y los sujetos obligados (en este caso, el TSE). Y obliga a entregarla siempre y cuando no se clasifique como reservada o confidencial.

El 5 de junio se solicitó “los alcaldes que fueron sustituidos (nombre completo, municipalidad, fecha), a partir de 2012, quiénes los sustituyeron (nombre completo y fecha) y la razón por la que se dio el cambio”.

A partir del 8 de junio comenzó el plazo de los diez días establecidos por la ley para dar respuestaque venció el 19 de dicho mes.No obstante,respondieron hasta el 22 de junioque esa información “no siempre es puesta del conocimiento de este Tribunal, por lo que, para establecer qué alcaldes fueron sustituidos (…) se le sugiere que la interesada formule directamente su solicitud a los respectivos órganos colegiados”.

Sin embargo, el artículo 206 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos establece que quienes sustituyen al alcalde son los concejales en su orden. El TSE resuelve las adjudicaciones y acredita a quien corresponda. De acuerdo a Aricel Carballo, de la oficinadel Procurador de los Derechos Humanos (PDH), con este artículo se demuestra queel TSE sí tiene posesión de dichos datos “pero no quieren colaborar con entregarla”.

El 1 de julio se presentó un recurso de revisión dirigido a la máxima autoridad del TSE, Rudy Pineda, donde se expresó la inconformidad por el incumplimiento del plazo que indica la ley para entregar la respuesta. También se envió una copia al PDHque tutela el acceso a la información pública como derecho humano.

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El plazo para responder este recurso venció el 8 de julio, pero hasta el momento no ha notificado nada.

El PDH al observar la falta de respuesta de la UIP sugirió volver a presentar la solicitud. Por lo que el 23 de julio se pidió “el estado en el que se encuentran los alcaldes electos en 2011 (nombre completo y municipio). Si fueron sustituidos: quién ocupa su cargo, la razón de sustitución y la acreditación que les brinda el Tribunal Supremo Electoral”.

El 31 de julio entregaron la respuesta a la última solicitud, la cual es igual a la enviada el pasado 22 de junio. Con respecto a las acreditaciones requeridas indicaron que no es posible entregarlas porque “la Presidencia de esta institución únicamente extiende las acreditaciones correspondientes, a favor de la persona que asume la última sindicalía o concejalía, al haberse producido una vacante de cargo en la Corporaciones Municipales, por ausencia temporal o definitiva de Síndico o Concejal Titular, quedando la misma, bajo el resguardo de cada uno de los ciudadanos acreditados”.

Puede consultar la resolución del TSE